Asociación Bursabolense de Arqueología, Arte e Historia

La Asociación



Sobre

la Asociación

La Asociación Bursabolense de Arqueología, Arte e Historia se crea en julio de 2009 con el objetivo de promover el estudio, investigación, conservación y divulgación, en su más amplio sentido, del arte, la arqueología y la historia, en general, y del patrimonio arqueológico, histórico y artístico de Bujalance y su entorno, en particular. Dentro de las actividades de la Asociación se contempla la revisión y actualización de los yacimientos arqueológicos del Municipio de Bujalance y zona de influencia, así como de todos sus valores y edificios histórico-artísticos, con el ánimo de contribuir a su protección, interpretación, divulgación y puesta en valor.

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Junta Directiva

Asamblea celebrada en Diciembre 2023

Vocales

Estatutos

Extracto: CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artº 1º.-   DENOMINACIÓN Y NATURALEZA:


Con la denominación de “ASOCIACIÓN BURSABOLENSE DE  ARQUEOLOGÍA, ARTE E HISTORIA”, se constituye en BUJALANCE (Córdoba), el día 22 de julio de 2.009, una organización de naturaleza asociativa y sin ánimo de lucro, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y demás disposiciones vigentes dictadas en desarrollo y aplicación de aquélla, así como las disposiciones normativas concordantes. El régimen de la Asociación se determinará por lo dispuesto en los presentes Estatutos.


Artº 2º.-   PERSONALIDAD Y CAPACIDAD:


La Asociación constituida tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, pudiendo realizar, en consecuencia, todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de la finalidad para la que ha sido creada, con sujeción a lo establecido en el ordenamiento jurídico.----


Artº 3º.-   NACIONALIDAD Y DOMICILIO:


La Asociación que se crea tiene nacionalidad española.

El domicilio social de la Asociación radicará en la calle/plaza Los Tejares nº 48 de la localidad de BUJALANCE (Córdoba).--

El cambio de domicilio requerirá acuerdo de la Asamblea General, convocada específicamente con tal objeto, y la modificación de los presentes Estatutos.

El acuerdo de la Asamblea General deberá ser comunicado al Registro de Asociaciones en el plazo de un mes, y sólo producirá efectos, tanto para los asociados como para los terceros, desde que se produzca la inscripción.

Artº 4º.-   ÁMBITO DE ACTUACIÓN:


El ámbito territorial de acción de la Asociación es Provincial
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